top of page

EXTERNALIZACION

La Ley de Regulación del Seguro Privado (30/1995) en su Disposición Adicional undécima dictamina que los compromisos que las empresas puedan adquirir con sus empleados en el campo de Pensiones Privadas solo podrán instrumentarse mediante:

A)   Planes de Pensiones (acogidos a la ley 3/87 de Planes y Fondos de

Pensiones).

B) Pólizas de Seguro de Vida.

C) Ambos.

Para los compromisos ya existentes que no estén realizados en forma de Planes de Pensiones de empleo y/o Seguros de Vida (en la mayoría de los casos constituidos como Fondos internos) hay un plazo hasta el 15 de Octubre del año 2002 para su conversión.

La externalización consiste, por lo tanto, en la obligación legal que las empresas tienen para que los compromisos por pensiones con su personal (con todo él o con parte del mismo) se instrumenten en entidades ajenas a las mismas, con objeto de que no formen parte de sus activos los recursos aportados y generados para el cumplimiento de los mencionados compromisos.

Se protege así al trabajador, al evitar la libre disposición por parte de la Empresa activos comprometidos, como en numerosas ocasiones ocurrió en el pasado.

La Ley contempla excepciones: Los bancos, compañías de seguros y sociedades y agencias de valores no están obligados a externalizar los compromisos por pensiones con sus trabajadores.

A la hora de externalizar los compromisos de una empresa puede ocurrir:

  1. Que exista ya personal jubilado que esté percibiendo sus pensiones con cargo a la propia empresa.

La forma de externalizar en este caso es mediante una prima y/o una aportación (según se realice mediante Seguro y/o Plan de Pensiones) que es el coste de todas las pensiones futuras a pagar hasta que el último asegurado fallezca (si la pensión es vitalicia) o cumpla la edad en que deja de percibirla (si la pensión es temporal).

Es preciso, por tanto, realizar el estudio inicial de valoración, para lo cual se precisan los siguientes datos:

  • Fecha de nacimiento

  • Importe anual de la pensión

  • Tipo de la misma (vitalicia o temporal)

  • Si tiene reversibilidad (y en qué porcentaje)      en caso de fallecimiento del asegurado

  • Caso de tener reversibilidad, fecha de nacimiento y sexo de la persona (s) beneficiaria (s).

El Seguro presenta la ventaja de poder casar la operación financieramente a tipos de interés garantizados a largo plazo, lo que puede abaratar la operación al mismo tiempo que permite una aproximación más exacta al coste definitivo.

    2.Que al personal activo haya que reconocerle servicios pasados.

Esto ocurre cuando el convenio o acuerdo a cumplir incluya como una de las variables para el cálculo de la pensión la antigüedad en la empresa, lo que en unión de las variables posibles a considerar (salario, situación familiar, etc.) hace necesario el cálculo de la prima única que cubra adecuadamente el compromiso generado.

Será necesario para ello realizar el oportuno estudio, para el cual es necesario conocer los datos indicados en el apartado anterior además de aquellos (antigüedad, categoría etc.) que sirvan para definir el importe de la cobertura.

Tanto en el caso 1) como en 2) puede ocurrir que exista déficit entre los derechos reconocidos al empleado por los servicios pasados y los fondos que la empresa tiene constituidos para hacerlos frente.

Si así fuere, podrá ser amortizado en un plazo máximo de 1 5 años si la externalización se hace mediante Plan de Empleo y de 10 si se realiza mediante seguro.

Lo que normalmente siempre se dará en la Externalización es la cobertura de los compromisos del Personal Activo desde la formalización del compromiso exteriorizado en adelante (Servicios futuros), lo cual ocurrirá tanto si se cubren jubilados y/o servicios pasados como si no, puesto que a partir de ahora la reivindicación de complementar las pensiones de la Seguridad Social con pensiones privadas va a estar sobre la mesa de negociación laboral.

La Externalización significa para Las Empresas:

Positivo

  • Contribución a la

  • Mayor integración de la plantilla.

  • Cuando el Plan o Seguro sea de "Aportación Definida" conocimiento exacto del Coste Anual del mismo, pudiendo entonces presupuestar coste a largo plazo sin el peligro de desviaciones.

Negativo

  • Incremento en coste de Personal.

  • Pérdida de control de las Inversiones que se realicen.

  • El fondo no será ya un activo propio de la Empresa.

  • Pérdida de poder frente a los sindicatos.

  • Si se decantan por la modalidad de Planes de Pensiones, estar atadas por el principio de NO discriminación.

La Externalización significa para Los Trabajadores:

Positivo

  • Garantía de Seguridad en el cobro de las pensiones.

  • Cada vez más trabajadores se beneficiarán puesto que la ley ha sido el para extender los compromisos por pensiones a la mayoría de las empresas.

  • Potenciar a los sindicatos por ser quien en último caso pueden decidir modalidad a implantar, inversiones, etc.

  • Incrementar los ingresos en forma de ahorro.

Negativo

  • La disponibilidad del ahorro salvo en casos excepcionales si la modalidad elegida es Plan de Pensiones.

  • El que puede llevar a pugnas por el control de las Inversiones.

Para más información contacta con nosotros

bottom of page